El organismo provincial convocó a los parlamentos indígenas para la designación de autoridades.
ELECCIÓN EN EL CONSEJO PROVINCIAL ABORIGEN PAMPEANO
El CPA solicitó al Consejo de Lonkos de Comunidades Indígenas de La Pampa que coordine y convoque a elección de representantes indígenas. De esas reuniones surgieron las seis personas titulares y suplentes de las comunidades originarias debidamente organizadas, que se sumarán al CPA y al desarrollo de las comisiones.
Luego de tres Parlamentos de designación y por votación el resultado informado por nota al Consejo fue el siguiente :
1) Representantes Titulares
Lonko Juana Vilas Comunidad Mapuche- Rankel Toay
Lonko Maria Serraino Comunidad Rankel Rosa Moreno Mariqueo
Llonko Claudia Sonia Farias Comunidad Nehuenche Pueblo Rankulche
2) Representantes Suplentes
Lonko Laura Cuevas Comunidad Mapuche Choyque Newen.-
Lonko Mercedes Soria Comunidad rankel Rali-Co
Lonko Ayelen Morales Comunidad Pillan Pullu We Eglentina Machado
En las próximas semanas, el CPA tendrá una reunión plenaria. Por otra parte, las autoridades que representan al gobierno - Adriana Maggio, presidenta; Dini Calderón, Secretaria Ejecutiva y Gabriel Ledezma, coordinador- participaron días atrás de un Encuentro Federal para delegados gubernamentales: “LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS A 27 AÑOS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL” – DIALÓGO PARA UN ABORDAJE INTERSECCIONAL E INTERCULTURAL, organizado por la Secretaría de Asuntos Indígenas de Tierra del Fuego.
Las leyes que protegen derechos de los pueblos originarios :
La ley 1228 de 1990 adhiere a la "Ley nacional 23302 de Política Indigena y apoyo a las comunidades" y crea el CPA Consejo Provincial Aborigen.
El decreto reglamentario 1586/10 regula el funcionamiento de este Consejo que, por desición del Sr. gobernador Sergio Ziliotto es presidido por la Secretaría de Cultura.
El decreto reglamentario 1958/19 crea el programa de fomento de las comunidades.
En este marco de suma una ley de protección paleo-arqueologica (3104) que es modelo en el país quizás por dos características destacadas: primero, el ámbito ampliamente participativo en que se gestó la ley hasta llegar a la Cámara y obtener sanción mayoritaria, llegando a un consenso en donde intervinieron todos los actores implicados: investigadores, comunidades originarias, legisladores, historiadores... El otro punto significativo es que La Pampa sería la primera provincia que reconoce explícitamente en una legislación el derecho de los pueblos originarios a participar en la gestión de su patrimonio.
Fuente: Radio kermes